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El Ayuntamiento de Ponferrada recuerda las normas de seguridad para las celebraciones de Navidad, Año Nuevo y Reyes

El alcalde del Ayuntamiento de Ponferrada, Marco Antonio Morala López, ha emitido un Bando municipal con motivo de la próxima celebración de las fiestas de Navidad, Año Nuevo y Reyes, con el objetivo de preservar al máximo la seguridad de las personas durante estos eventos.

A través de este Bando, el Ayuntamiento recuerda a las personas físicas o jurídicas interesadas en organizar celebraciones la obligación de cumplir la normativa vigente y de obtener, cuando proceda, las preceptivas autorizaciones municipales, de acuerdo con lo establecido en la Ley 7/2006, de 2 de octubre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Castilla y León.

Normas comunes para todos los establecimientos

Entre las principales obligaciones recogidas en el Bando municipal, se destacan las siguientes:

  • Seguro de responsabilidad civil: Todos los establecimientos deberán disponer del recibo de la póliza en vigor del seguro de responsabilidad civil, en el que figuren las sumas aseguradas previstas en el artículo 6 de la citada Ley 7/2006.
  • Control de aforo: No podrá superarse en ningún caso el aforo máximo autorizado, que deberá estar debidamente señalizado en el establecimiento. Los titulares están obligados a adoptar los mecanismos necesarios para el control de acceso y recuento de clientes, impidiendo la entrada cuando se alcance el límite permitido.
  • En el caso de locales con un aforo superior a 300 personas, se recuerda la obligación legal de contratar un servicio de vigilancia privada, prestado por una empresa de seguridad autorizada e inscrita en el Registro General de Empresas de Seguridad del Ministerio del Interior, conforme a lo dispuesto en la Ley 5/2014, de Seguridad Privada.
  • Medidas de protección contra incendios: El Ayuntamiento insiste en el cumplimiento estricto de la normativa de seguridad contra incendios, debiendo los establecimientos contar con un plan de emergencia actualizado, tal y como establece el artículo 7.2 de la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Castilla y León.

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