Publicada la declaración de impacto ambiental desfavorable para la 'Planta Eólica Oencia' que afecta a varios municipios bercianos
La instalación del proyecto promovido por Cefiro Holdco 3, SL tendría repercusión sobre los municipios bercianos de Oencia, Barjas, Sobrado y Carucedo, así como en otros de Lugo y Ourense. Además, coincide espacialmente con tres iniciativas eólicas que ya han obtenido declaración de impacto ambiental desfavorable.

Foto: Bierzo24
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este jueves la resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del MITECO por la que se formula declaración de impacto ambiental desfavorable a la realización del proyecto «Planta Eólica "Oencia" de 217 MW de potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, al "haberse identificado la posibilidad de que genere impactos negativos significativos sobre el medio ambiente para los que las medidas propuestas no presentan garantía suficiente de su adecuada prevención, corrección o compensación".
En concreto, la instalación del proyecto promovido por Cefiro Holdco 3, SL tendría repercusión sobre los municipios bercianos de Oencia, Barjas, Sobrado y Carucedo, así como en los de Pedrafita do Cebreiro y Folgoso do Courel en Lugo, y de Rubiá en Ourense.
Cabe destacar que el proyecto, tanto en su versión inicial como en su versión modificada, coincide espacialmente con tres proyectos análogos anteriores -parques eólicos- que han obtenido declaración de impacto ambiental desfavorable:
– «Parque eólico "Busmayor" de 60 MW y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Trabadelo, Barjas, Ponferrada, Corullón, Toral de los Vados, Cacabelos, Villafranca del Bierzo, Arganza, Sancedo, Camponaraya, Cabañas Raras, y Oencia». Resolución desfavorable de 31 de marzo de 2023, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE) núm. 87, de 12 de abril de 2023.
– «Parques eólicos Ralea, de 138 MW, Eco, de 72 MW y Umbrío, de 114 MW, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Lugo y León». Resolución desfavorable de 13 de febrero de 2024, publicada en el BOE núm. 46, de 21 de febrero de 2024.
– «Parque eólico Barjas 121 MW, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de León, Ourense y Lugo». Resolución desfavorable de 31 de marzo de 2023, publicada en el BOE núm. 90, de 15 de abril de 2023.
Si bien los cambios introducidos por el promotor en el proyecto implican la supresión de 21 de los 35 aerogeneradores del proyecto inicial, los 14 aerogeneradores que configuran la versión final del parque eólico, junto con el resto de las estructuras accesorias (viales, zanjas, plataformas, taludes, etc.), "los impactos identificados para el proyecto original, se mantienen en el proyecto modificado y, por tanto, el proyecto en su nueva configuración produciría impactos ambientales negativos y significativos sobre las poblaciones de fauna, la vegetación, los hábitats de interés comunitario, los montes de utilidad pública y montes vecinales en mano común, los espacios protegidos de la Red Natura 2000 y el paisaje. Estas afecciones se verían magnificadas por los efectos sinérgicos y/o acumulativos del conjunto de proyectos en la zona".
Estos impactos "no pueden eliminarse ni reducirse hasta alcanzar niveles aceptables mediante medidas o modificaciones, puesto que son inherentes a este tipo de proyecto en la ubicación elegida, como demuestran las resoluciones de declaración de impacto ambiental desfavorables de proyectos eólicos similares en este emplazamiento".
Además de lo anterior, las características del terreno "implican un riesgo elevado de movimientos en masa, que podrían expresarse en forma de derrumbes, deslizamientos y/o avalanchas, que no han sido abordados adecuadamente por el promotor, a pesar de la alta potencialidad que presenta la zona y los posibles daños humanos, materiales o al patrimonio natural que podrían acarrear en caso de producirse. El EsIA carece de estudio geotécnico y no desarrolla con la suficiente profundidad las medidas que plantea al respecto, indicando que el proyecto constructivo considerará la estabilidad y capacidad del terreno para albergar las nuevas infraestructuras mediante un estudio geotécnico y un correcto diseño de actuaciones de la fase de obras. Sin embargo, esta ausencia de información impide la correcta evaluación del impacto, que resulta imprescindible para determinar la viabilidad del proyecto", se precisa en la resolución publicada.






















