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Una sentencia obliga a silenciar las campanas de la parroquia de San Ignacio de Ponferrada por exceso de ruido

Foto: Roberto González
Foto: Roberto González

Las campanas de la parroquia de San Ignacio podrían quedar en silencio tras una sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Astorga que obliga a la Diócesis de Astorga a cesar su actividad campanera. La resolución judicial, conocida esta semana, considera que el sonido de los tañidos supera ampliamente los límites legales establecidos por la Ley 5/2009 sobre contaminación acústica.

La sentencia, que aún puede ser recurrida, exige además que se apliquen medidas correctoras para reducir el volumen del sonido y condena a la diócesis a indemnizar con 1.000 euros al denunciante por los daños morales provocados, en particular por el estrés causado por el ruido. Según los informes acústicos presentados durante el proceso, el volumen registrado en el interior del domicilio del afectado superaba en 27 decibelios lo permitido durante los toques litúrgicos, y en 12 decibelios durante los horarios.

El fallo no distingue entre los toques para marcar las horas y los llamamientos al culto religioso, y subraya que ambos están sujetos a la normativa vigente. En este sentido, el juzgado señala que, aunque el toque de campanas está reconocido como Patrimonio Inmaterial por la UNESCO, ello no lo exime del cumplimiento de la legislación sobre ruido. Además, indica que el tañido no puede considerarse un derecho protegido por la libertad religiosa contemplada en el artículo 16 de la Constitución Española, citando la Ley Orgánica 7/1980 de Libertad Religiosa.

"Es mi modo de dar a conocer lo que hago"

El párroco de San Ignacio, José Antonio Prieto, ha expresado su preocupación por la decisión judicial, que a su juicio vulnera derechos fundamentales. “El llamamiento al culto es un elemento inseparable de la celebración religiosa. Es mi modo de dar a conocer lo que hago”, ha declarado.

Por su parte, el procurador de Vox en las Cortes de Castilla y León, Miguel Suárez Arca, ha considerado que la sentencia refuerza la postura de su grupo, que recientemente presentó dos iniciativas parlamentarias para proteger el sonido de las campanas. Una de ellas, ya aprobada en comisión, propone declarar el tañido como Bien de Interés Cultural (BIC) en la comunidad autónoma.

Además, Vox confía en que la próxima reforma de la Ley del Ruido de Castilla y León, cuya revisión fue reconocida como necesaria por las Cortes la semana pasada, sirva para excluir expresamente a las campanas de su ámbito de aplicación.

Primera queja en 2022

El conflicto entre el vecino denunciante y la parroquia se remonta a 2022, cuando se presentó la primera queja ante el Ayuntamiento de Ponferrada. Tras un primer decreto municipal que obligaba a ajustar el volumen, el Obispado lo recurrió por defectos formales. Posteriormente, el Ayuntamiento dictó un nuevo decreto que también fue impugnado y cuya resolución está pendiente.

Mientras tanto, la Diócesis estudia la posibilidad de recurrir esta última sentencia civil, aunque la contundencia de los informes técnicos podría complicar sus argumentos. La polémica sigue abierta, y el futuro del sonido de las campanas de San Ignacio, en el aire.

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