El Consejo de Ministros aprueba las ayudas para agricultores y ganaderos afectados por los incendios forestales
La ayuda se fija en un 20% de los ingresos declarados por los beneficiarios, con un mínimo de 1.500 euros y un máximo de 10.000 euros. La subvención de la contratación del seguro agrario se incrementa hasta el 70% del coste de la póliza.

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un real decreto por el que se regula la concesión directa de ayudas para compensar los daños producidos en la actividad agraria por los incendios forestales acaecidos el pasado verano.
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación estima que podrán beneficiarse de estas ayudas unos 3.000 agricultores y unos 1.500 ganaderos, y que la cuantía total ascenderá a unos 27 millones de euros.
En el caso del Bierzo, entre los destinatarios se encuentran afectados de los municipios de Benuza, Borrenes, Cacabelos, Carucedo, Igüeña, Oencia, Palacios del Sil, Páramo del Sil, Peranzanes, Ponferrada, Priaranza del Bierzo, Puente de Domingo Flórez, Sobrado, Vega de Espinareda y Villafranca del Bierzo.
La gestión y concesión de estas ayudas se realizará de oficio por el Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentacion, sin que los interesados deban realizar ningún tipo de trámite. El ministro, Luis Planas, ha asegurado que el objetivo es que las ayudas estén concedidas y abonadas antes del 31 de diciembre de 2025. Estas subvenciones serán compatibles con las indemnizaciones de las comunidades autónomas y las que pueda financiar la Unión Europea mediante la reserva agrícola que ha solicitado España.
Tendrán derecho a la ayuda los titulares de las explotaciones agrarias afectados por los incendios que tengan unos ingresos agrarios declarados a la Administración tributaria superiores a 1.000 euros en el año 2024, y siempre que las parcelas agrícolas o explotaciones ganaderas correspondientes estén correctamente inscritas en los registros oficiales.
La ayuda será el equivalente al 20% de los ingresos agrarios, y se establecen un límite mínimo de 1.500 euros para todos aquellos beneficiarios a los que el cálculo resulte inferior a esta cifra y un tope máximo de 10.000 euros para los casos en que resulte una cantidad superior. Estos límites se ampliarán a 6.000 y 16.000 euros respectivamente para los agricultores y ganaderos que hayan sido indemnizados por el seguro agrario por daños causados por los incendios.
Los nuevos agricultores y ganaderos que hayan iniciado su actividad en el año 2025 con la condición de joven establecida en el Plan Estratégico Nacional de la Política Agraria Común (PAC) y hayan presentado por primera vez la solicitud única en esta campaña, tendrán derecho a una ayuda fija de 1.500 euros.
Así mismo, con el objeto de promocionar y apoyar el sistema de seguros agrarios y dar un apoyo adicional a los agricultores y ganaderos que los hayan suscrito, el real decreto eleva la subvención del ministerio a la contratación del seguro hasta un 70% del coste de la póliza.






















